El antiguamente conocido como Canon de Saneamiento, cobrado por el Ayuntamiento conjuntamente con la tasa municipal de aguas para su posterior remisión a la DGA, lo cobra, desde el cuarto trimestre de 2015, directamente el Instituto Aragonés del Agua bajo el concepto de "Impuesto sobre la contaminación de las aguas". El pago impositivo en su suma conjunta, por lo tanto, no varía, ya que la parte del impuesto de la DGA es la que ha sido detraída del recibo de agua municipal que antiguamente usted recibía.