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Avda. Zaragoza, 2
50180 Utebo, Zaragoza

Consulta previa

En virtud de lo dispuesto en la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la posibilidad de recabar la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por las normas proyectadas por la administración, se pone a disposición de los vecinos este cauce informativo y participativo en el que se pondrá en conocimiento de la ciudadanía las distintas normas en las que en  Ayuntamiento se encuentre trabajando y se les brindará la posibilidad de que den su opinión al respecto mediante diversos cuestionarios que, en cada una de las normas tratadas, se habilitarán para tal efecto.

Modificación de la ordenanza de huertos urbanos

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza sobre Huertos Urbanos, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ordenanza municipal para el fomento de la convivencia cívica en Utebo

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza municipal para fomentar la convivencia cívica de Utebo, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la modificación.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la modificación.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, el jueves 17 de octubre de 2025, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Consulta previa: consulta_previa_ordenanza_de_convivencia_civica.pdf

Ordenanza reguladora de la protección y tenencia de animales

El trámite de consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía, organizaciones y asociaciones al respecto de este reglamento. En esencia se trata de disponer de un nuevo texto normativo, de una nueva ordenanza reguladora de la protección y tenencia de animales, actualizada y acorde a lo establecido en la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales.  Para el desarrollo del trámite de consulta pública se establece un periodo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta información en la web municipal (17 de mayo de 2024).

Ley_7_2023_de_proteccion_de_los_derechos_y_el_bienestar_de_los_animales.pdf

Ordenanza_proteccion_y_tenencia_de_animales_2014.pdf

anuncio_consulta_publica.pdf

ordenanza_proteccion_y_tenencia_animales.pdf

Reglamento de funcionamiento de la Feria Mudéjar Renacentista de Utebo

El trámite de consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía, organizaciones y asociaciones al respecto de este reglamento. Para ello se establece un periodo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta información en la web municipal (15 de febrero de 2024).

reglamento_de_la_feria_mudejar.pdf

informe_anuncio_consulta_publica_reglamento_feria_mudejar_renacentista_utebo-1.pdf

 

Ordenanza reguladora de los cerramientos de veladores y terrazas

El Ayuntamiento de Utebo está trabajando en una nueva ordenanza reguladora de los cerramientos de veladores y terrazas. El objeto de dicha ordenanza es la regulación de los aprovechamientos privativos o especiales de terrenos municipales de uso público mediante la instalación de mesas, sillas, sombrillas, toldos y demás bienes muebles que se autoricen, con finalidad lucrativa en nuestro término municipal. Por ello, y en virtu de lo dispuesto en la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la posibilidad de recabar la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la norma proyectada, se eleva a consulta previa (entre el 25 de enero y el 8 de febrero, ambos incluidos) dicha norma mediante este cauce y se pone a disposición de los vecinos la siguiente documentación:

Decreto de Alcaldía de fecha 22 de enero: decreto.pdf

Memoria que sustancia la consulta previa y que refleja el espíritu de la norma tratada: memoria.pdf

Consulta  que se eleva a la ciudadanía durante 15 días naturales (hasta el 6 de febrero)

Ordenanza reguladora de la contaminación acústica

El Ayuntamiento de Utebo está trabajando en una nueva ordenanza reguladora de la contaminación acústica. Dicha norma tiene en la salud uno de sus ejes transversales, y el texto recoge la regulación relacionada con actividades, incorporando también aquéllas que se realizan en el espacio público, el ruido de vecindad y los vehículos. Por ello, y en virtu de lo dispuesto en la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la posibilidad de recabar la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la norma proyectada, se eleva a consulta previa (entre el 25 de enero y el 8 de febrero, ambos incluidos) dicha norma mediante este cauce y se pone a disposición de los vecinos la siguiente documentación:

 Un CERTIFICADO que sustancia la consulta pública: Certificado

Una MEMORIA que sustancia la consulta previa y que refleja el espíritu y las principales novedades de la norma tratada:  memoria_ordenanza_contaminacion_acustica.pdf

 Una ENCUESTA abierta a la participación entre el 28 de enero y el 11 de febrero, que consta de cinco preguntas centradas en aspectos cruciales de la norma y en los que el Ayuntamiento desea obtener la pulsión de sus vecinos para estudiar sus resultados y mejorar entre todos la norma, y que puede responderse AQUÍ.

Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los tributos locales y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Utebo

Vigencia de la consulta pública previa al procedimiento de aprobación de la ordenanza: hasta el 27 de octubre.

consulta_publica_previa_utebo.pdf

Reglamento de funcionamiento de la Feria del Comercio y Servicios de Proximidad

El trámite de consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo.

El Ayuntamiento de Utebo está estudiando la redacción de un reglamento de funcionamiento de la Feria del Comercio y Servicios de Proximidad. Su objeto es la regulación del el funcionamiento, la participación y las condiciones de admisión, los derechos y obligaciones de los expositores, la regulación del órgano arbitral que dirima las cuestiones que se susciten entre los participantes y entre estos y la entidad organizadora y la relación de infracciones y sanciones y el procedimiento para imponerlas. Por ello, y en virtu de lo dispuesto en la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la posibilidad de recabar la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la norma proyectada, se eleva a consulta previa (entre el 30 de septiembre y el 24 de octubre, ambos incluidos) dicha norma mediante este cauce y se pone a disposición de los vecinos la siguiente documentación:

Decreto de Alcaldía de fecha 29 de septiembre de 2022: 

Memoria que sustancia la consulta previa y que refleja el espíritu de la norma tratada:

Consulta que se eleva a la ciudadanía durante 15 días (hasta el 24 de octubre)

 

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